viernes, 5 de diciembre de 2014

¿QUÉ ES UNA CARTA DE PORTE?

Es un documento obligatorio para el transporte de mercancías peligrosas.

El expedidor o el cargador tendrán la obligación de entregar al conductor la carta de porte ADR antes de iniciar el transporte.



Toda carta de porte ADR ha de contener los siguientes datos, que han de estar expresados de forma legible: 
  • Número ONU (precedido por las letras UN).
  • Denominación oficial y técnica de transporte.
  • Número de modelo de cada etiqueta.
  • Número de modelo de las etiquetas de riesgos subsidiarios.
  • Número de bultos y su descripción.
  • Grupo de embalaje.
  • Volumen o cantidad total de cada mercancía peligrosa transportada.
  • Nombre y razón social del expedidor y del destinatario.
  • Si es requerido, declaración conforme a las disposiciones de acuerdos particulares.
  • En los casos en que sea preciso, el código de restricción en túneles.

El conductor tiene que disponer del modelo oficial de instrucciones escritas según el ADR a bordo del vehículo. Éstas tienen que estar expresadas en un idioma comprensible para los miembros de la tripulación y, además, deberá ser debidamente informado de las condiciones del transporte (qué mercancía va a transportar y cómo actuar en caso de riesgo).

Una vez realizado el transporte, los expedidores y transportistas tienen la obligación de conservar un ejemplar o copia de la carta de porte ADR (en cualquier tipo de soporte pero con garantía de integridad y legibilidad) durante un año como mínimo, quedando a disposición de la Inspección de Transporte Terrestre.


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